Oficina de Derechos Civiles
MISIÓN
Garantizar trato igual a los(as) empleados(as), aspirantes a empleo, visitantes y beneficiarios de los programas del Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Autoridad de Carreteras y Transportación; que no se les niega derecho alguno por razón de raza, color, religión, género (incluyendo igual paga por igual trabajo) o identidad de género, estado de embarazo, orientación sexual real o percibida, origen nacional, edad, condición social, ideas políticas, estatus serológico, condición de veterano, por ser víctima o percibirse víctima de violencia doméstica, agresión sexual o impedimentos irrelevantes a los requisitos de una ocupación.
DESCRIPCIÓN
La Oficina de Derechos Civiles de la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) les da la bienvenida a nuestra Agencia. Esta Oficina tiene como meta primordial garantizar la igualdad de oportunidades tanto dentro de nuestra Agencia, como para los proyectos a su cargo. Derechos Civiles es el nombre común que se le da a aquellos derechos garantizados a todos los ciudadanos por la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y de los Estados Unidos y otra legislación, que garantizan trato igual ante las leyes. Dicho trato igual se garantiza sin distinción de raza, color, religión, género (incluyendo igual paga por igual trabajo) o identidad de género, estado de embarazo, orientación sexual real o percibida, origen nacional, edad, condición social, ideas políticas, estatus serológico, condición de veterano, por ser víctima o percibirse víctima de violencia doméstica, agresión sexual o impedimentos irrelevantes a los requisitos de una ocupación.
Nuestra Oficina se estableció originalmente para implantar los programas federales que garantizan igualdad de oportunidades en el empleo. Tales programas son indispensables en todo proyecto de construcción, tanto de la ACT como del DTOP. Básicamente la legislación federal emana de la Ley de Derechos Civiles (42USC2000 y sigs). Tal igualdad de oportunidades se garantiza en la medida que se elimine el discrimen por razón de raza, color, religión, género (incluyendo igual paga por igual trabajo) o identidad de género, estado de embarazo, orientación sexual real o percibida, origen nacional, edad, condición social, ideas políticas, estatus serológico, condición de veterano, por ser víctima o percibirse víctima de violencia doméstica, agresión sexual o impedimentos irrelevantes a los requisitos de una ocupación. Con el devenir del tiempo la Oficina fue ampliándose para cubrir no sólo los proyectos federales, sino también las actuaciones discriminatorias dentro de las agencias a las cuales se le prestan servicios.
Bajo la legislación local, se han desarrollado diversas leyes que emanan principalmente del Art. II, sec. 1 de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la cual garantiza que no podrá establecerse discrimen alguno por motivo de raza, color, sexo, nacimiento, origen o condición social, ni ideas políticas o religiosas. Tanto la legislación federal como la local, se desarrolló posteriormente para garantizar igualdad de oportunidades a personas con impedimentos. En el caso federal, bajo la “Americans with Disabilities ACT” y en el caso de Puerto Rico, la Ley 44 de 2 de julio de 1985, según enmendada, prohíben el discrimen y proveen remedios para aquellas personas con impedimentos que aleguen haber sido discriminadas.
Nuestra Oficina se estableció originalmente en 1979, siendo su primer Director el Sr. Carlos J. Guilbe (QEPD). A los esfuerzos iniciales del señor Guilbe, a quien debemos los primeros pasos de esta Oficina, se han aunado los esfuerzos de más personas a través de los años y continuaremos esforzándonos para asegurarnos de erradicar el discrimen en nuestro ámbito de trabajo y eventualmente de todos los aspectos de nuestras vidas. Les exhortamos a unirse a estos esfuerzos.
Si sospecha que existe una conducta constitutiva de discrimen, de inmediato debe comunicarse con la Oficina de Derechos Civiles. Estamos localizados en el piso 12 del Edificio Sur del Centro Gubernamental Roberto Sánchez Vilella, en Santurce. Pueden también escribirnos a la siguiente dirección: Lcda. Ana A. Olivencia, Directora, Oficina de Derechos Civiles – ACT Aptdo. 42007, San Juan, Puerto Rico 00940-2007 o enviar un mensaje electrónico a: aolivencia@act.dtop.gov.pr. Nuestros teléfonos son: (787) 729-1562; (787) 721-8787 Ext. 1204; (787) 722-2929, Ext. 2485.
La Oficina de Derechos Civiles está disponible para toda consulta relacionada con discrimen en el empleo, incluyendo hostigamiento sexual. Ofrecemos talleres de orientación dirigidos a grupos específicos, de acuerdo a las necesidades de cada oficina. Pueden comunicarse con nuestra Oficina para orientación o solicitar adiestramientos.
AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANPORTACIÓN
OFICINA DERECHOS CIVILES
PO BOX 42007
SAN JUAN PR 00940-2007CENTRO GUBERNAMENTAL ROBERTO SÁNCHEZ VILELLA (antes MINILLAS), PARADA 22 ½ SANTURCE, PR 00910
TELÉFONO: (787) 729-1562
FAX: (787) 721-2621ANA A. OLIVENCIA, ESQ.
DIRECTORA
OFICINA DERECHOS CIVILES
(787) 729-1562




