COMUNICADO
de PRENSA
11 de mayo de 2001
El secretario del Departamento
de Transportación y Obras Públicas DTOP), ingeniero José
Miguel Izquierdo Encarnación, implementó hoy el primer aumento
de 65 millas por hora en el límite de la velocidad máxima en
la Autopista De Diego, PR-22, específicamente en el tramo de Toa Baja
a Hatillo.
Este aumento fue establecido por
la nueva Ley 22 de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico que comenzó
a regir el 7 de enero de este año. El nuevo estatuto faculta al titular
del DTOP a identificar los tramos de las autopistas que justifiquen esta velocidad.
Para ese propósito, la Autoridad de Carreteras y Transportación realizó un estudio sobre los tramos donde podría aumentarse la velocidad. Los criterios para determinar el aumento incluyeron la velocidad diseñada originalmente al construirse la autopista o expreso, un método mecánico en el que se determina la velocidad actual que utiliza la gente durante un viaje cómodo y el comportamiento urbano de la carretera.
Sobre el comportamiento urbano,
el titular del DTOP explicó que "un expreso puede ser recto, pero
si contiene muchas rampas de acceso que entran y salen del mismo, lo convierte
de inmediato en un tramo inseguro para transitar a 65 millas por hora. Esta
característica impide aumentar la velocidad porque pone en riesgo al
conductor".
Izquierdo anunció que, luego
de la PR-22 y en el transcurso de este año, se aumentará a 65
millas la Autopista PR-53, del peaje de Guayama al peaje Húcar, y la
Autopista Luis A. Ferré, de la PR-177 al peaje de Caguas Norte y de
Salinas a Ponce; mientras que el tramo de Fajardo a Yabucoa de la PR-53 se
aumentará a 60 millas por hora.
El Secretario enfatizó que la penalidad por exceder el límite de la velocidad máxima de las 65 millas por hora, establecido en los tramos específicos de las autopistas, conllevará una penalidad de $50.00 de multa y $5.00 por cada milla que exceda las 65 establecidas por ley.
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